LOS ESTATUTOS ESTAN DEPOSITADO EN LA SECRETARIA DE LA JUVENTUD LA CUAL NOS SIRVIO DE CANAL PARA LA LEGALIZACION ANTES EL CONGRESO NACIONAL COMO INTISTUCION SIN FINES DE LUCRO
Ley No. 122-05 promulgada el 3 de mayo del 2005.
ANTE-PROYECTO DE LOS ESTATUTOS
CAPITULO I
Art. 1.-DEL NOMBRE
Se ha constituido una sociedad denominada "ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS SEYBANOS DEL CURE DE LA UASD" Admitido y validado por el Acta Constitutiva de fecha (22) del mes de Noviembre del año 2007, regida por la Ley 122-05 de fecha 8 de abril del año 2005, relativa a Asociaciones que no tienen por objeto tener beneficios pecuniarios; por las leyes que la modifiquen, por los presentes Estatutos y por las normas que establezcan sus Directivos, Cuyas siglas son: AEUS-CURE-UASD.
Art. 2.- DEL DOMICILIO
La sede principal de esta Asociación estará localizada en la calle Sánchez Ramírez Esq. Santo Tomas de Aquino, Ciudad Universitaria, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, pudiendo el presidente Fundador establecer otras sedes dentro o fuera del territorio nacional; así como trasladar la sede principal si lo requieren las necesidades de la organización.
CAPITULO II
Art. 3.- DE LA MISIÓN
• Promover los valores juveniles incentivándoles al Estudio de carreras universitarias.
• Habilitar un espacio para que los jóvenes de escasos recursos puedan tener un lugar donde puedan vivir al momento de realizar una carrera Universitaria.
• Crear programas en beneficio de los Estudiantes miembros de la organización
• Incidir en beneficio de sus comunidades a través de la educación superior.
ARTA- DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Contribuir al desarrollo personal y social de los Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD.
• Establecer prioridades y acciones concretas con nuestros miembros que quieren progresar por medio de una profesión universitaria.
• Crear un espacio de inquietudes y acciones a favor de nuestros jóvenes brindando orientación y bienestar social.
CAPITULO III
ART.5.- DE LOS REQUISITOS DE MEMBRESÍA
Para ser miembro de esta organización se debe tomar en cuenta lo siguiente:
• Ser habitante de la Provincia de El Seibo.
• Ser Estudiantes Activo inscrito en una de las universidades del país.
• Solicitar a la Dirección de Bienestar Estudiantil de la Asociación su inscripción en el listado definitivo de la entidad y anexar una copia de la cédula de identidad y electoral, dos fotos 2x2, copia de la hoja de selección y del carnet de estudiante.
ART. 6.- DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE ASOCIADO
Se pierde la condición de miembro en los siguientes casos:
• Cuando se violen cualquiera de las normas establecidas por la organización.
• Cuando el Estudiante ha pasado mucho tiempo sin interesarse por el acometido de la organización.
ART. 7.- DE LOS REQUISITOS PARA MODIFICAR LOS ESTATUTOS O PARA DETERMINAR LA CAUSA O DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO.
Los requisitos que deben cumplirse para modificar los estatutos o la disolución son los siguientes:
» Cuando la organización no este cumpliendo con las obligaciones para la cual fue creada.
• En caso de disolución de la Asociación de Estudiantes Universitarios de AEUS-CURE-UASD, se le obligara al presidente y a los respectivos funcionarios para que procedan a liquidar el patrimonio de la Asociación, debiendo decidirse por la mayoría absoluta a que a otras asociaciones de iguales finalidad deberá donarse el activo resultante, después de cumplir con las deudas y compromisos adquiridos, de lo cual debe ser hecho con estricto apego y conformidad a las provisiones expresadas en el art.54 de la Ley No. 122-05 promulgada el 3 de mayo del 2005.
ART.8.- DE LAS ESTRUCTURAS ORGÁNICAS
Los organismos de Dirección son los siguientes:
A.-) La Asamblea General Ordinaria, B.-) La Directiva.
A.- La Asamblea General Ordinaria: es el organismo compuesto por todos los miembros de la ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS SEYBANOS DEL CURE DE LA UASD, constituye el organismo de mayor decisión.
FUNCIONES, CONDICIONES, PROCEDIMIENTO PARA CONVOCAR UNA ASAMBLEA DE ASOCIADOS Y REGLAMENTACIÓN CORRESPONDIENTE.
1.- Convocar las elecciones generales ordinarias de La Directiva.
2.- Aprobar el ingreso de estudiantes a la casa pensión, y Expulsar por mala conducta a cualquier residente de la casa pensión.
4.- Aprobar el ingreso de nuevos miembros de la asociación.
5.- Expulsar por mala conducta, a cualquier miembro de la asociación.
6.- Sustituir las vacantes que se produzcan en la directiva y sustituir a cualquier directivo que viole los presentes estatutos.
7.- Designar comisiones especiales de trabajo.
8.- Se realizaran asambleas ordinarias cada seis meses y una extraordinaria anual.
9.- Además del presidente, las asambleas podrán ser convocadas por las dos terceras partes de los miembros activos de la asociación.
B.-La Directiva: Es la dirección ejecutora de las políticas de la asociación, estará integrada por cinco (5) estudiantes, electa mediante elecciones generales y estará regida por los siguientes cargos:
Presidente
Sec. De Organización.
Sec. Administrativo.
Sec. De Acta y Correspondencia.
Sec. De Bienestar Estudiantil.
PÁRRAFO: La Asamblea General Ordinaria de miembros de la Asociación podrá disponer la creación de otros cargos, distintos a los fundadores, fijando las condiciones para su ingreso.
ART.9.- DE LAS FUNCIONES Y DEBERES DE LA DIRECTIVA:
El PRESIDENTE:
A) Estará expresa y formalmente facultado para representar la Asociación en las obligaciones que como persona moral o jurídica estuviera involucrad dicha entidad
B) Presidir las reuniones de la dirección ejecutiva, las asambleas general, tanto ordinarias como las extraordinarias.
C) Dirigir y coordinar con la colaboración del programa de trabajo, resoluciones aprobadas y la responsabilidad que le corresponda a cada secretariado.
D) Fiscalizar para el buen funcionamiento.
E) Firmar conjuntamente con el secretario administrativo las erogaciones de finanzas.
F) Convocar las reuniones y asambleas ordinarias y extraordinarias.
G) Firmar los documentos oficiales conjuntamente con el secretario correspondiente si se requiere.
H) Rendir informe trimestral de las actividades realizadas al comenzar un nuevo periodo de dirección.
I) Solicitar la incorporación de la Asociación ante las autoridades pertinentes.
EL SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
A) Sustituir al presidente en ausencia de este.
B) Presidir la comisión de organización
C) Garantizar el funcionamiento de las estructuras de bases, de las comisiones especiales permanentes y provisionales.
D) Servir de canal entre la estructura de base y sus inquietudes por la
organización.
E) Tener un archivo con todos los miembros de la asociación y los residentes en la casa pensión, coordinar el programa de capacitación académica.
F) Coordinar la comisión disciplinaria.
G) Coordinar los cursos de formación extracurriculares que se impartan y que
puedan servir de beneficio a los miembros de la organización.
EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO
A) Es el responsable de llevar las finanzas de la organización.
B) Responsable de cobrar la cuota a los miembros.
C) Rendir informe económico a la directiva en las reuniones ordinarias.
D) Elaborar conjuntamente con el presidente el presupuesto.
E) En ausencia del presidente y del Sec. De organización, debe tomar su lugar y
presidir las asambleas y reuniones.
F) Llevar un registro, por medios manuales o electrónicos, en que se anotarán los nombres y apellidos, profesión y domicilio de las personas socias.
G) Llevar un inventario, por medios manuales o electrónicos, en el que se anotarán todos los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la Asociación.
H) Llevar una contabilidad organizada en la que deberá figurar todos los ingresos y egresos de la sociedad, con indicación exacta de la procedencia de los primeros y la inversión de los segundos, y el seguimiento de dichas inversiones.
I) Llevar un registro, manual o electrónico, de descripción de actividades y programas, incluidas sus relaciones internacionales.
EL SECRETARIO DE ACTA Y CORRESPONDENCIA
A) Llevar apuntes de todos los acontecimientos que surgen en cada reunión.
B) Dar lectura del acta anterior en cada reunión.
C) Archivar las informaciones conjuntamente con el Sec. De relaciones publicas.
D) Recibir y enviar las correspondencias.
E) Tomar apuntes de los temas en agenda.
F) Remitir las actas al presidente.
EL SECRETARIO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL.
A) Velar por el bienestar de los Estudiantes de la asociación.
B) Cuantificar las diferentes necesidades socioeconómicas de los Estudiantes de AEUS-CURE-UASD.
C) Coordinar charlas de orientación sobre el funcionamiento de la institución.
D) Canalizar las becas y créditos a los miembros de la asociación.
ART.10 - PARA LA REPRESENTACIÓN EN JUSTICIA
El Presidente estará expresa y formalmente facultado para representar la Asociación en las obligaciones que como persona moral o jurídica estuviera involucrad dicha entidad, representar la misma en justicia y ejercer todo derecho interno y externo que como organismo rector de las políticas de bienestar Estudiantil de AEUS-CURE-UAJ5D representa; en tal virtud, esta investido de los mas amplios poderes para obrar en nombre de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD.
ART. 11.- QUORUM REGLAMENTARIO PARA LAS SESIONES.
El quórum para las sesiones tanto de las asambleas generales como de la directiva se formara en cada caso con la mitad mas uno de los respectivos miembros de cada organismo de la asociación; así como la mitad mas uno de los participantes en las asambleas o los miembros de la directiva tomaran sus decisiones, ya que esta institución se rige por la regla de la mitad mas uno o mayoría simple. En las Asambleas Generales, así como en las reuniones de la Directiva, las votaciones serán publicas y abiertas levantando la mano, y el conteo estará a cargo del secretario de actas, o de quien haga sus veces, y las decisiones se tomaran por mayoría simples de votos.
ART.12.- PARA FIRMAR EN NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN TODA CLASE DE CONTRATO.
Queda facultado oficialmente facultado para firmar todo tipo de contrato o recibo a nombre de la Asociación el presidente de la misma y en ausencia de este lo hará el secretario de organización.
ART.13.- PLAZO DE DURACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
Esta Asociación constituye por tiempo indefinido y solo se podrá disolver por disposición de la Ley No. 122-05, que regula y fomenta las Asociaciones sin fines de lucro.
ART. 14.- NORMATIVAS ESTATUTARIAS PARA REGULAR LA IGUALDAD DE DERECHOS ENTRE MIEMBROS, SIN DISTINCIÓN DE SEXO O EDAD.
A) Tienen derecho a elegir y ser elegido a cualquier posición dentro de la organización, todos los miembros activos de la Asociación que presenten constancia de estudios vigentes a la fecha de elecciones.
B) Los miembros tienen derecho a pautar actividades en representación de la Asociación, con la debida anuencia de la directiva, de tipo cultural y educativa.
C) Plantear cualquier reclamación o desacuerdo ante cualquier postulado emitido en la asamblea.
D) No ser discriminado por su estado social, económico, cultural, racial y religioso
u otros que no alteren las buenas costumbres o el estado moral de nuestros
miembros.
E) Ser escuchado antes de ser sancionado.
F) Derecho a solicitar que su caso sea conocido si ha ocurrido una sanción por los
organismos correspondientes.
G) Derecho a solicitar o adquirir cualquier documento, sin violentar los estatutos.
H) Solicitar la destitución de cualquier miembro de la dirección siempre que
presente pruebas de malas prácticas en el ejercicio de las funciones de dicho
directivo.
ART.15.- DE LOS DEBERES DE LOS MIEMBROS
A) Participar en todas las actividades que programe la organización. B) Cumplir y hacer cumplir las normas y reglas de nuestra institución.
C) Actuar siempre con honestidad y luchar en forma activa contra cualquier mal que afecte a sus compañeros Estudiantes.
D) Cuidar los bienes materiales de la organización.
E) Asistir a las reuniones y/o asambleas que les corresponda.
ART.16.- DE LA DURACIÓN DE MANDATO O PUESTOS ELECTIVOS.
A) Todo miembro con un mínimo de dos (2) semestres en los estudios universitarios y en pleno ejercicio de sus derechos, tiene la facultad para ser
propuesto a cualquiera de los cargos de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD Harán elecciones de directiva cada tres semestres y el presidente no podrá postularse por más de dos períodos consecutivos.
B) Para ser presidente debe tener un mínimo de 30 créditos aprobados y no menos de dos semestres aprobados.
ART. 17.- REGLAS PARA CELEBRAR ELECCIONES.
A) Se establece un formulario con los datos de los miembros.
B) Elaboración de un carnet de identificación de miembro para que al momento de ejercer el sufragio pueda probar que su membresía es autentica.
ART. 18.- NORMAS QUE PROMUEVAN LA DEMOCRACIA.
La directiva debe presentar informe en la asamblea ordinaria sobre el desenvolvimiento de la gestión.
ART. 19.- ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL ORGANISMO.
A) Pago de casa pensión, (Sec. Administrativo).
B) Actividades recreativas, encuentros deportivos y culturales (Sec. De Bienestar Estudiantil).
C) Jornadas de alfabetización (Sec. De organización).
D) Ferias estudiantiles ( Sec. Organización). Estas y otras actividades que ayuden a que el organismo cumpla con su rol.
Todas estas actividades deben estar asentadas en un libro de ingresos y egresos de la Asociación.
ART. 20.- DE LOS MIEMBROS FUNDADORES Y SUS RESPECTIVOS CARGOS.
1. MERQUIADES CONTANZO PUENTE, dominicano, mayor de edad, estudiante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-0003583-3, domiciliado y residente en la calle Arzobispo Merino casa No.9 de la Provincia de E! Seibo, quien desempeñará las funciones de presidente fundador de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD,
2. FÉLLX ANTONIO RAMÍREZ GARCÍA, dominicano, mayor de edad, estudiante, portador de la cédula de identidad y electoral No.025-0039703-5, domiciliado y residente en la calle 26 de Febrero casa No. 100 de la Provincia de El Seibo, quien desempeñará la función de secretario de organización de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD,
3. VÍCTOR ANTONIO ZORRILLA DÍAZ, dominicano, mayor de edad, estudiante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-0032514-3, domiciliado y residente en la calle Sánchez casa No.32 de la Provincia de El Seybo, quien desempeñará la función de secretario administrativo de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD,
4. ARIEL ARISTIDES MERCEDES JIMÉNEZ, dominicano, mayor de edad, estudiante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-0039810-8, domiciliado y residente en la calle Benito Monción casa No.4 de la Provincia de El Seibo, quien desempeñará la función de secretario de Bienestar Estudiantil de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD,
5. MARÍA ALTAGRACIA MERCEDES, dominicana, mayor de edad, estudiante, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 025-0026128-0, domiciliada y residente en la calle Teófilo Hernández casa No.64 de la Provincia de El Seibo, quien desempeñará la función de secretaria de Acta y Correspondencia de la Asociación de Estudiantes Universitarios Seibanos del CURE de la UASD.